El día 18 de mayo  se ha publicado la norma que contiene los requisitos para la implantación de un modelo de compliance penal.

Desarrolla requisitos que responden a lo indicado por el Código Penal para los modelos de gestión y prevención de delitos va más allá incorporando las buenas prácticas en materia de compliance, entre los que cabe dictar:

 

  • Identificar, analizar y evaluar los riesgos penales.
  • Disponer de recursos financieros, adecuados y suficientes para conseguir los objetivos del modelo.
  • Usar procedimientos para la puesta en conocimiento de las conductas potencialmente delictivas.
  • Adoptar acciones disciplinarias si se producen incumplimientos de los elementos del sistema de gestión.
  • Supervisar el sistema por parte del órgano de compliance penal.
  • Crear una cultura en la que se integren la política y el sistema de gestión de compliance.

La mera implantación de la Norma UNE 19601 no conllevará la exoneración o atenuación automática de la responsabilidad penal de la persona jurídica pero es otro  elemento más para acreditar que se actuó de forma diligente antes de la comisión del delito y que se han empleado las mejores prácticas para crear una cultura de prevención que reduzca el riesgo de su comisión.

 

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