Sentencia 562/2017 dictada el 17 de Octubre por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cantabria en el Rollo de Apelación Nº 310/2017. Ponente Ilmo. Sr. D. Miguel Fernández Diez.

La Sala recuerda que en aquellos casos en los que la instalación de un ascensor en un edificio que carecía del mismo y que es necesario para la habitabilidad del inmueble,   estamos ante  un servicio o mejora exigible al que todos los comuneros tienen la obligación de contribuir, sin que las cláusulas de exención del deber de participar en las reparaciones ordinarias y extraordinarias correspondientes al portal, escalera y ascensor, permitan considerar a los propietarios de los locales afectados liberados también del deber de contribuir los gastos de dicha instalación.